lunes, 12 de mayo de 2014

NORMATIVA "EN" DE PROTECCIÓN DE CABEZA


EN 397 CASCOS DE SEGURIDAD INDUSTRIAL

La normativa especifica los requisitos físicos y prestacionales, los métodos de prueba y requisitos de marcaje para los cascos de seguridad industrial.
Los cascos son destinados esencialmente a proteger al usuario de la caída de objetos y de las lesiones cerebrales y fracturas de cráneo que podrían derivar de la misma. El uso del caso de seguridad es obligatorio para todos los trabajos que puedan provocar lesiones a la cabeza a través de la caída de objetos.

Según la norma EN397 el casco de seguridad industrial esta constituido por un casquete exterior y un atalaje interior. El efecto protector del casco esta basado sobre su capacidad de atenuar los impactos de objetos sobre el mismo a través de la deformación plástica y elástica, así como a la resistencia a la perforación de objetos cortantes o puntiagudos.

Cada casco debe tener un marcaje estampado o impreso que reporte la siguiente información:

a) Normativa Europea (EN397)
b) Marca del fabricante
c) Año y trimestre de fabricación
d) Tipo de casco
e) Talla
f) Material de fabricación del casco



miércoles, 7 de mayo de 2014

NORMATIVA "EN" DE PROTECCION AUDITIVA




Los daños provocados por el ruido siguen representando un coste enorme para las Empresas.
Datos estadísticos confirman que una exposición equivalente a 85 DbA durante 35 años laborales provoca el 15% de posibilidad que el trabajador pierda capacidad auditiva.
Una investiación EUROSTAT (2004) ha evidenciado que la pérdida auditiva y hasta la cuarta enfermedad profesional en términos de reconocimiento.


Las principales normas para los EPI de protección del oído son las siguientes:

EN 352/1 Auriculares
EN 352/2 Tapones insertables
EN 352/3 Auriculares para casco
EN 352/4 Auriculares electrónicos


En la indicación de la atenuación mediana de un EPI comparecen los valores expresados en decibelios H,M,L que representan la atenuación media del aparato a las ALTAS, MEDIAS Y BAJAS frecuencias. El SNR indica en cambio la atenuación media del protector sobre todo el espectro de frecuencias.
En realización de la Norma 2003/10/CE.


ESTA ES LA SINTESIS DE LOS CAMBIOS MAS SIGNIFICATIVOS:

Baja el valor limite (3dB). Los nuevos valores de intervención se vuelven:
Valor inferior: 80 dB; el empresario pone a disposición los EPI.
Valores superiores: 85 dB; el empresario y el representante laboral; averiguan la eficacia del mismo.
Valor límite: 87 dB; más allá de este umbral el empresario obliga los trabajadores al empleo de los EPI y éste tiene la obligación de usarlos.